Donación en vida vs. sucesión: Beneficios y desventajas de cada una

Descubrí cuándo conviene donar una propiedad en vida o esperar la sucesión. Ventajas, riesgos y pasos legales.

HERENCIASUCESIONESZONA NORTE

Eliana Montes / Luciano Montes

8/12/20252 min read

Planificar la transferencia de una propiedad es clave para evitar conflictos familiares, demoras y costos inesperados. Aunque en muchos casos el fallecimiento de un familiar nos toma por sorpresa, en otros muchas familias pueden elegir entre donar sus bienes en vida, realizar un testamento, o esperar la sucesión… ¿cuál conviene más?

1. Definiciones y contexto legal

Sucesión: Es un proceso judicial por el cual el bien se transfiere tras el fallecimiento del titular, el proceso varía dependiendo si se dejó o no testamento. Esta vía, contrariamente a lo que comúnmente se cree, puede demorar sólo algunos meses, y sus costos, dependiendo de la jurisdicción en la que tramite, son bastante similares a los de una donación..

Donación en vida: Si bien coloquialmente así se la llame, la donación siempre es en vida del titular de los bienes. Implica transferir la propiedad a otra persona (donatario), mediante escritura pública. En estos casos, y en el contexto de una planificación familiar, el donante puede reservarse el usufructo del bien donado, y así seguir usando o usufructuando la propiedad que transfiere.

Desde la reforma del Código Civil (Ley 27.587, 2020), las donaciones ya no son observables como lo eran antes y pueden utilizarse como garantía bancaria o venderse sin trabas y sin disminución de precio.

2. Ventajas de donar en vida

  • Agilidad y ahorro: evitas procesos sucesorios que si hay conflictos intrafamiliares pueden ser largos y costosos.

  • Orden familiar: dejás todo claro, evitando disputas entre herederos.

  • Reserva de usufructo: podés donar la propiedad y seguir viviendo en ella o cobrando alquileres.

  • Ventajas fiscales: en CABA no se aplica impuesto; en PBA, se debe pagar ITGB.

  • Seguridad jurídica: no hay trabas para vender ni usar como garantía.

  • Costos: No paga tasa de justicia, pero paga otros impuestos y sellos. Honorarios escribanos generalmente un 2% sobre el valor real del inmueble.

3. Riesgos o desventajas

  • Pérdida de propiedad: una vez donada, dejás de ser titular; aunque tengas usufructo, no podés vender o hipotecar.

  • Impacto en otros bienes: si quedan otros bienes sin disponer, se deberá hacer sucesión para transferir esos otros bienes.

  • Impuestos según jurisdicción: PBA aplica ITGB; CABA, no, pero pueden surgir otros tributos en ciertos casos.

  • Irrevocabilidad: salvo casos de ingratitud o cláusulas especiales, una vez donado no se revoca

4. ¿Cuándo conviene considerar cada opción?

5. Cómo hacerlo paso a paso con Montes Propiedades

  1. Diagnóstico: evaluamos si sos residente en CABA, PBA, tu situación y tus objetivos.

  2. Planificación legal: diseñamos donación simple, reserva de usufructo, testamento, fideicomiso testamentario o sucesión, según convenga o sea posible.

  3. Escritura pública: redactada e inscripta por escribano, con todos los recaudos fiscales, o sucesión ab intestato o testamentaria. Presentación de presupuestos y esquema de trabajo siempre.

  4. Seguimiento post-donación: cancelaciones registrales y control de legitimarios.

Conclusión

La donación en vida puede ser una estrategia valiosa para ordenar tu patrimonio, ahorrar tiempo y costos, y preservar la armonía familiar. Pero no siempre es la mejor opción: evaluarla caso por caso, con asesoría profesional, es clave.

¿Querés planificar tu legado con tranquilidad y asesoramiento claro y cercano?
Contactate con Montes Propiedades y evaluamos juntos la mejor estrategia en tu patrimonio inmobiliario.


herencia en vida
herencia en vida